Guatemala impone veda temporal para la langosta del Caribe
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) ha declarado una veda temporal para la captura de la langosta del Caribe (Panulirus argus) en todas sus formas de pesca.
La medida, establecida a través del Acuerdo Ministerial 06-2025, entrará en vigor el 1 de marzo y se extenderá hasta el 30 de junio de 2025, con el objetivo de preservar los ecosistemas marinos y garantizar la sostenibilidad de la actividad pesquera.
Durante este período, queda prohibida la captura de langosta en la bahía de Amatique, Santo Tomás de Castilla, desembocaduras de los ríos Dulce y Sarstún, bahía La Graciosa, bahía Santa Isabel, canal Inglés y la zona marina de Punta de Manabique, en el mar Caribe guatemalteco.
Ciclo reproductivo
El MAGA enfatiza que esta medida permitirá que la especie complete su ciclo reproductivo sin la presión de la pesca, lo que beneficiará tanto a la biodiversidad marina como a las comunidades pesqueras que dependen de este recurso a largo plazo.
Sanciones para los infractores
Las personas o empresas que no acaten la veda serán sancionadas conforme al artículo 80 literal b) de la Ley General de Pesca y Acuicultura, además de otras disposiciones legales aplicables. También se procederá al decomiso inmediato de cualquier aparejo de pesca utilizado para la captura de langosta durante las inspecciones en las zonas marítimas protegidas.