Arévalo sanciona cambios al impuesto sobre inmuebles
El presidente Bernardo Arévalo sanciona el Decreto 18-2026, que reforma la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI) y establece nuevos criterios para el cobro del tributo en Guatemala. La modificación fija una tasa de 0 por millar para los inmuebles destinados a vivienda, de uso residencial o mixto, mientras que las propiedades comerciales y destinadas a otros usos quedan sujetas a tasas de 3, 6 y 9 por millar, según su valor.
La reforma también establece límites para las municipalidades. A partir de su entrada en vigor, las comunas no podrán condicionar la prestación de servicios básicos al pago previo del IUSI. La disposición incluye servicios como el suministro de agua potable, la recolección de basura y el alumbrado público.
El decreto incorpora cambios relacionados con el Impuesto de Timbres Fiscales aplicado a las transferencias de bienes inmuebles. También contempla una exención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para determinadas ganancias de capital obtenidas mediante la venta de propiedades, aunque establece excepciones para la aplicación de este beneficio.
Las modificaciones generan debate debido al posible efecto sobre los ingresos de las municipalidades. El IUSI representa una fuente de recursos para las comunas, por lo que los cambios en las tasas y en las condiciones para su cobro pueden tener incidencia en sus finanzas.